Y EL GOBIERNO REGIONAL.. Por Ing. Eduardo Riqueros Raygada


Y EL GOBIERNO REGIONAL..

Por Ing. Eduardo Riqueros Raygada


Es necesario tener en claro la significancia de un gobierno regional, siendo este el segundo nivel de gobierno, ya que el primer nivel es el nacional ( ejecutivo), y el tercer nivel los gobiernos locales, cabe anotar que los gobiernos regionales cuentan con autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, los mismos que se sustentan en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú.

Asimismo, es necesario indicar que el gobierno regional tiene competencias que resultan de la aplicación de la ley de bases de la descentralización y la ley orgánica de gobiernos regionales, las mismas que les permiten: Aprobar su organización y presupuesto, así como, aprobar los planes de desarrollo y presupuestos participativos concertados con municipios y la sociedad civil; la administración de sus bienes y rentas, otorgar y regular autorizaciones; emitir normas a favor de la gestión regional, otra de sus competencias es presentar iniciativas legislativas.


Es necesario visualizar con claridad también, que para poder cumplir con sus competencias el gobierno regional requiere cumplir con funciones definidas, tales como: - su función normativa y reguladora de servicios dentro de su alcance regional.

- con la función de planificación de sus políticas, prioridades, estrategias, programas, proyectos, que impulsen el desarrollo socio económico de la región.

 - con la función administrativa y ejecutora organizando, dirigiendo y ejecutando, los recursos económicos y materiales necesarios en su gestión regional.

- tiene que cumplir con la función promotora del sector privado nacional y extranjera, impulsando y promoviendo el desarrollo.

- tiene además que cumplir con la función de supervisar, evaluar y controlar la gestión administrativa regional, impulsando la participación ciudadana.


En virtud de lo cual el gobierno regional, es una persona jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal, teniendo competencias, exclusivas: planificación del desarrollo, del desarrollo económico y competitividad, provisión de servicios, demarcación territorial, competencias que pertenecen al gobierno regional.


Competencias compartidas en las cuales intervienen dos o más niveles de gobierno,y competencias delegadas a otro nivel por un periodo de tiempo,ya sea por un nivel de gobierno a otro de distinto nivel, debiendo abstenerse el que delega, pero teniendo la titularidad hasta que dure el tiempo de la delegación.


Es necesario entender la naturaleza, del rol que tiene el gobierno regional, con la finalidad que se conozca y se ejecuten sus competencias y funciones con la finalidad que la población, pueda obtener el desarrollo socio económico anhelado hace largo tiempo.




Mi foto
EDUARDO RIQUEROS RAYGADA
-Nacido en Piura-Perú. -Ingeniero Industrial CIP 34220, estudio en la Universidad Nacional de Piura. - Experto en Elaboración y Evaluación de Proyectos de Inversión. - Experto en Procedimientos Parlamentarios. -Director de PLADESO.( www.pladeso.blogspot.com ) - Presidente y CEO de PLAN PIURA (www.planpiura.org ) -Autor de libros y artículos para diarios y revistas. -Músico, compositor y cantautor.( www.whayo.net). - Experto en Producción musical ( Composición, Producción, grabación, masterización, marketing musical, tiendas on line). -Investigador y estudioso en temas de lucha contra la pobreza. - Buscador de la Verdad.